Perdónenme el excurso, pero es lo primero que ha pasado por mi cabeza cuando me he puesto a analizar la consulta de esta semana. A todos nos ha tocado alguna vez sufrir las interminables discusiones de una comunidad de vecinos, que aprovechan la presencia del sufrido administrador de fincas para echarse en cara mil y una pequeñas ofensas: el que grita más de la cuenta, el que deja la basura en la puerta, el que se pone a freír sardinas en el patio de luces... Todo eso pasado a Twitter debe ser lo más parecido al infierno digital, versión 2.0.
Fecha:28.7.09 | Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2009/07/28/navegante/1248762298.html
La mejor manera de guardar un secreto es no publicarlo en Internet
La publicación indebida en Internet de datos de carácter personal centra el análisis de esta semana del Abogado del Navegante.
A hombre hablador e indiscreto, no confíes tu secreto
Recientemente decliné la amable invitación de un conocido para integrarme en una red social de contactos. Mi amigo me envió posteriormente un e-mail, extrañado por mi negativa, ante lo cual tuve que explicarle que, en lo relativo a privacidad, había decidido quedarme eternamente anclado a los principios de la Internet 1.0: cuanto menos sepa el mundo de mí, mucho mejor.
A las múltiples razones que esgrimí para eludir la invitación de mi amigo, se ha unido recientemente una experiencia de lo más surrealista: presenciar en Twitter una prolija discusión jurídica que sostenía un grupo de letrados sobre una sentencia judicial. Ninguno de los abogados intervinientes había llevado el caso, pero eso no les impedía hacer mil y una consideraciones sobre la inteligencia del juez que la dictó. Lo que más me atemorizó fue considerar qué pasaría si se hubiesen unido a la discusión los abogados que llevaron la causa, o su mismísima Señoría, que ante la alusión a sus facultades mentales decidiese registrarse en Twitter, acompañado de un Secretario Judicial que dotase de fe pública a las conversaciones indiscretas.
Supongamos ahora que la discusión tabernaria de Twitter se lleva al mundo real. ¿Se imaginan un grupo de abogados ponderando una sentencia a voz en grito, en la barra de un bar? Los restantes parroquianos seguramente se escandalizarían, pensando en que sus secretos bien podrían acabar ventilándose del mismo modo.
La justicia necesita de moderación y sosiego, algo incompatible con la instantaneidad de una herramienta pensada para la información inmediata. Si me registrase en Twitter, y me pusiese a escribir todo lo que pienso cuando leo según que escritos judiciales, me vería obligado a exiliarme físicamente de este país. Así que mejor practico el exilio virtual 1.0.
Perdónenme el excurso, pero es lo primero que ha pasado por mi cabeza cuando me he puesto a analizar la consulta de esta semana. A todos nos ha tocado alguna vez sufrir las interminables discusiones de una comunidad de vecinos, que aprovechan la presencia del sufrido administrador de fincas para echarse en cara mil y una pequeñas ofensas: el que grita más de la cuenta, el que deja la basura en la puerta, el que se pone a freír sardinas en el patio de luces... Todo eso pasado a Twitter debe ser lo más parecido al infierno digital, versión 2.0.
13, Rue del Percebe, sobreático, o la intimidad horizontal
A los problemas de toda comunidad de propietarios, y sus dimes y diretes a cuenta de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, se le suman hoy en día los derivados de la protección de datos de carácter personal. Y si no que se lo digan a los sufridos vecinos de la calle Arco de Ladrillo, de Valladolid, a los que la Agencia de Protección de Datos impuso una sanción de 601,01 euros por publicar el nombre de un vecino moroso en el tablón de anuncios de la comunidad.
Atención al dato: la sanción del caso de Valladolid se impuso por una vulneración del deber de secreto establecido en el artículo 10 de la LOPD, pero tal incumplimiento se había producido en el mundo físico. No quiero ni pensar las consecuencias si tal tablón de anuncios estuviese colgado en Internet...
Dejando de lado Facebook, Twitter y las conversaciones telefónicas desde el AVE, el mayor riesgo para la intimidad está en las comunidades de propietarios. Separados por tabiques de papel y unidos por el cotilleo en lo universal, los vecinos indiscretos son una fuente inagotable de conflictos y de inspiración para cineastas como Alfred Hitchcock y Woody Allen.
Pero hete aquí que lo que no han conseguido la vigente Ley de Propiedad Horizontal, varias generaciones de administradores de fincas y miles de plagas de cucarachas, pueden conseguirlo las nuevas tecnologías: que haya paz en la escalera, por obra y gracia de la Agencia Española de Protección de Datos.
Derecho de cancelación de datos
Decíamos hace unos meses que el informe 327/2003 de la Agencia Española de Protección de Datos consideraba las direcciones IP de Internet como un dato de carácter personal. Si la principal autoridad española en materia de privacidad considera que la dirección virtual ha de ser objeto de la protección constitucional que otorga el artículo 18 de la Carta Magna, ¿qué decir de la dirección física de una persona?
Al internauta autor de la consulta de esta semana le asiste el derecho de cancelación de datos de carácter personal, previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Para ejercerlo, la mejor opción es remitir un burofax, personalmente o a través de su abogado de confianza, dirigido al titular de la web donde se han publicado indebidamente los datos de carácter personal. En dicho burofax se deberá requerir expresamente al destinatario para que proceda a cancelar los datos publicados sin autorización.
Si en el plazo de diez días desde la recepción del requerimiento, el responsable del tratamiento no hubiese procedido a la cancelación de los datos, nuestro internauta puede interponer una denuncia administrativa ante la Agencia Española de Protección de Datos, la cual ha publicado en su web diferentes modelos, tanto del formulario de cancelación de datos, como del formulario de denuncia.
Por último, cabe destacar que con independencia de la sanción administrativa que se imponga, los afectados tienen derecho a ser indemnizados, de conformidad con lo previsto por el artículo 19 de la LOPD. Tratándose de ficheros de titularidad privada, la acción deberá ejercitarse ante los tribunales de justicia.
Volviendo a lo que les comentaba al principio de este artículo, y muy especialmente la necesaria moderación y sosiego con la que deben manejarse aquellos que trabajan con secretos de los demás, me permitirán la cita de un clásico. El maestro de abogados Angel Ossorio y Gallardo, en su día decano del Colegio de Abogados de Madrid, Presidente del Ateneo y de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, dejó escrito en su libro 'El alma de la toga' unas palabras inmortales. Se refieren al secreto profesional de los abogados, pero sirven para cualquier otro tipo de secreto. A excepción, claro está, del secreto ibérico.
Antes de hablar del secreto profesional, convendrá decir como se guarda un secreto. No hay más que una manera de guardarlo: no diciéndoselo a nadie. Esta afirmación le parecerá a ustedes excusada y tonta pero yo sé por qué la hago. En el mundo, el hombre más reservado y más discreto no confía los secretos a nadie, absolutamente a nadie... más que a una sola persona, pariente o amiga de absoluta confianza que tampoco comunica lo que sabe a nadie... más que a otra persona de idénticas virtudes. La cual, a su vez, cuidará muy bien de no divulgar lo sabido y solamente lo participará a otra persona que jurará callarse como un muerto. En efecto, esta persona se dejará matar antes que decir lo que sabe a nadie... más que a otra persona por cuya fidelidad pondría las manos en el fuego. Esta sólo se lo refiere a otra y ésta a otra, con lo cual, dentro de los juramentos de la más perfecta reserva, acaba enterándose del asunto media humanidad. El que haya de guardar los secretos de esa manera hará muy bien no dedicándose a abogado.
1 comentarios:
Si que es cierto que hay que tener ojo con los datos que dejas en internet, pero... en fin, lo dice una bocazas de la red!
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